SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2020-S3

Fecha: 13-Jul-2020

denegó

La Jueza de Partido de Sustancias Controladas, Liquidadora y de Sentencia Penal Quinta de la Capital del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 53/2019 de 3 de octubre, cursante de fs. 49 vta. a 51 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) De la revisión del cuaderno procesal se evidenció que mediante Acta de aplicación de medida cautelar de 25 de septiembre de 2019, la Jueza ahora demandada, dispuso la detención preventiva del accionante, considerando la concurrencia de los arts. 233.1 y 2, 234 nums. 1, 2 y 10; y, 235 del CPP; y otorgó la palabra a ambas partes; sin embargo, el abogado del accionante no señaló los aspectos denunciados en la presente acción de libertad con relación al plazo de presentación del accionante y a la mala aplicación de la norma que hizo referencia en audiencia, pues solamente indicó que el accionante demostró arrepentimiento, devolviendo los objetos robados y que al aceptar su culpabilidad en el hecho consideraba que no procedía su detención preventiva; y, ii) Citando jurisprudencia relativa a la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, estableció la imposibilidad de ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, indicando que el accionante antes de acudir a la jurisdicción constitucional, debió agotar la vía ordinaria, denunciando ante la Jueza de la causa, todos los aspectos que considera ilegales en la presente acción tutelar.