SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2020-S1

Fecha: 30-Jul-2020

a)

La parte accionante, ratificó y amplió su acción de defensa manifestando que: a) Se vulneró el debido proceso en su elemento de celeridad, a ese efecto plantea también la acción de libertad en su modalidad reparadora para que se pueda acelerar los trámites judiciales; y, b) Se remitieron obrados al Tribunal de Sentencia Penal, Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero del departamento de La Paz, el 10 de octubre de 2019.

Luego de la lectura del informe de la autoridad demandada, agregó que le causa extrañeza que en el presente caso aparezca en obrados el Auto de 14 de octubre de 2019, siendo que sus abogados de manera constante se apersonaron al juzgado, a objeto de insistir para que se pueda radicar la causa, indicando luego que no le notificaron con dicha resolución.

En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos denunciados son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada; para tal efecto, se analizarán los siguientes temas: a) La acción de libertad traslativa o de pronto despacho; b) Concepción, validez, jerarquía normativa, obligatoriedad y transversalidad de los principios constitucionales, y el principio de celeridad en la justicia pronta y oportuna; c) Protección de los derechos de los privados de libertad; y, d) Análisis del caso concreto.