SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2020-S1
Fecha: 31-Jul-2020
a)
La demandante de tutela a través de sus abogados, reiteró íntegramente los términos de su demanda y ampliando la misma sostuvo que: a) Fue detenida preventivamente el 21 de agosto de 2017 por la presunta comisión del delito estafa que tiene previsto una pena privativa de libertad mínima de un año; b) Proporcionó las fotocopias respectivas a efectos de la remisión de su recurso de apelación incidental contra el Auto Interlocutorio 131/2019; c) La dilación en la remisión de los antecedentes puede responder a una espera prudencial en aquellos casos que exista excesiva carga laboral debidamente justificada, pero no puede pasar de los tres días; y, d) La omisión en la que incurrieron las autoridades judiciales demandadas, privaron indirectamente su derecho a la libertad.
En consecuencia, corresponde analizar los siguientes temas: a) La Acción de libertad innovativa y su desarrollo jurisprudencial; b) La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y el plazo para la remisión de antecedentes ante el tribunal de Alzada, frente a un recurso de apelación incidental de medidas cautelares; c) Análisis del caso concreto.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- pues si bien pueden haber cesado las vulneraciones a dichos derechos; empero, la ilegalidad fue consumada
- Aun habiendo cesado las causas que originaron la Acción de Libertad
- Fragmento 16
- a un recurso de apelación incidental de medidas cautelares.
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- 2º
- ,
- excepción