Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2020-S1
Fecha: 31-Jul-2020
II.4.
II.4. A través de memorial de 5 de noviembre de 2019, la impetrante de tutela reiteró al Tribunal demandado remita antecedentes de la apelación que presentó a la Sala correspondiente, mereciendo el decreto de 6 del mismo mes y año que señaló: “…La impetrante y su causídico antes de reiterar memoriales, previamente deben tener el cuidado de revisar antecedentes y sujetar sus petitorios a procedimiento” [sic (fs. 47 y vta.)].
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- pues si bien pueden haber cesado las vulneraciones a dichos derechos; empero, la ilegalidad fue consumada
- Aun habiendo cesado las causas que originaron la Acción de Libertad
- Fragmento 16
- a un recurso de apelación incidental de medidas cautelares.
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- 2º
- ,
- excepción