SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2020-S2

Fecha: 31-Jul-2020

1)

Victoria Beatriz Pérez Morales -demandante en el proceso de asistencia familiar-, en audiencia expuso lo siguiente: 1) La acción de libertad se presentó sin que haya sido notificada con el decreto que dejó sin efecto el mandamiento de apremio; consiguientemente, no existió mala fe; al contrario, este hecho es atribuible a la irresponsabilidad del impetrante de tutela; ya que, es el tercer documento librado en su contra; 2) La planilla de liquidación data del 22 de agosto de 2019; es decir, esperó la aprobación de la planilla y emisión del indicado mandamiento para cumplir con sus compromisos; y, 3) No tomó conocimiento del cumplimiento de la obligación, ni fue notificada con el depósito realizado mediante el sistema “SALOMON PRO”.

  CONCEDER en parte la tutela solicitada, únicamente respecto a la obligación que tenia la Jueza Pública de Familia Sexta de Sucre del departamento de Chuquisaca, de poner en conocimiento oportuno de las partes a través de los medios legales pertinentes, la providencia que dejó sin efecto el mandamiento de apremio emitido, y que derivó en la privación de libertad del accionante; por consiguiente, se dispone de manera inmediata librar el respectivo mandamiento de libertad, salvo que por el tiempo transcurrido ya se hubiera efectivizado dicho actuado procesal; y,