SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0387/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0387/2020-S3

Fecha: 27-Jul-2020

denegó

La Jueza de Sentencia Penal Decimotercera de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, por Resolución 05/2019 de 3 de diciembre, cursante de fs. 9 a 11 vta., denegó la tutela solicitada bajo el siguiente fundamento: Las presuntas irregularidades al debido proceso invocadas por el solicitante de tutela, deben ser conocidas por la autoridad judicial a cargo del control de la investigación conforme el art. 54.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP), mismas que pueden ser analizadas a través de la esta acción tutelar únicamente cuando constituyan causa directa de la restricción o supresión del derecho a la libertad, y que; además, hubiese existido un absoluto estado de indefensión, así en el caso concreto, un acto de declaración informativa no constituye un acto lesivo a la libre locomoción, dado que esa actuación constituye una facultad competencial del Ministerio Público en la etapa preparatoria, de conformidad al art. 40.1 y 2 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP).