PLURINACIONAL 0260/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

PLURINACIONAL 0260/2020-S1

Fecha: 05-Ago-2020

a)

Bertha Velasco Meneses, Jueza de Ejecución Penal Primero de la Capital del departamento de Pando, señaló mediante informe oral en audiencia, que los argumentos del prenombrado son falsos, afirmando que: a) Que en relación a René Vásquez, de acuerdo al reporte del Número de Registro Judicial (NUREJ) se ha presentado un memorial el 19 de noviembre de 2019 a horas 10:18, sin embargo llega a su despacho a horas 18:29, y que en ese mismo momento se emitió resolución de homologación y los mandamientos de libertad. b) Asimismo en relación a Woua Paola Pereira da Silva se señaló audiencia para la emisión de sentencia condenatoria respecto a los días multa y esta no se realizó en tiempo oportuno por irresponsabilidad del condenado y la mala fe de la defensa, toda vez que sabía del señalamiento de audiencia y no se presentó, activando la presente acción de libertad en absoluto desconocimiento de que se emitió resolución de homologación en la que se dispuso la libertad de ambos ciudadanos dentro de plazo. c) Por tanto, no se pudo remitir de inmediato los mandamientos en mérito a que la Central de Diligencias no trabaja fuera del horario de oficina y se remitió al día siguiente a primera hora, en merito a ello afirma que se actuó de forma legal y en el plazo de veinticuatro horas, a pesar que el Decreto Presidencial no establece un plazo para la autoridad jurisdiccional como para la autoridad administrativa, y pese a ello actuó de manera pronta a pesar de su excesiva carga procesal pues tiene otros tramites también relacionados con la libertad de los internos; y d)  Que si bien se señaló audiencia no se consideró los días multa y se emitió resolución de homologación, no existiendo dilación indebida debiendo rechazarse la acción.