Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2020-S2
Fecha: 04-Ago-2020
2° DIMENSIONAR
2° DIMENSIONAR los efectos de la Resolución 02/2019, debiendo cumplirse la presente Sentencia Constitucional Plurinacional a partir de su notificación a las partes, permaneciendo subsistente lo determinado por el aludido Juez de garantías, en las emergencias relativas a la no devolución de los sueldos recibidos por el peticionante de tutela, durante el tiempo de su reincorporación, así como los beneficios emergentes de la seguridad social que asistieron a la cónyuge y al hijo del nombrado, como las asignaciones familiares; conforme a lo expuesto en los fundamentos jurídicos del presente fallo constitucional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- debe reconocerse que tampoco es absoluto de forma que puede verse limitado por las necesidades instituciones que atañen al correcto funcionamiento del aparato público y el bienestar de la colectividad
- las funciones que desempeñan los funcionarios de libre nombramiento son temporales y provisionales
- respeto de los derechos de la madre y esencialmente del ser en gestación y del hijo o hija nacida hasta que cumpla un año, asegurándole en ese tiempo la seguridad social que comprende las asignaciones familiares constituidas por los subsidios prenatal, postnatal y de lactancia
- III.3. Análisis del caso concreto
- y quienes ejerzan funciones de libre nombramiento
- REVOCAR
- 2° DIMENSIONAR