SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2020-S4

Fecha: 05-Ago-2020

concedió

El Juez de Sentencia Penal Séptimo de El Alto del departamento de La Paz; constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 03/2019 de 22 de noviembre, cursante de fs. 10 a 12, concedió la tutela solicitada, disponiendo que el mandamiento de  detención domiciliaria sea recepcionado en el día; que el personal de Centro Penitenciario de Chonchocoro cumpla sus obligaciones administrativas de verificación de autenticidad y si existen otros mandamientos de detención en contra del accionante, y en caso de no existir ninguna observación en el cumplimiento de dicho verificativo, se de cumplimiento a lo dispuesto en el mandamiento de detención domiciliaria emitido el 19 de noviembre de 2019, por la autoridad jurisdiccional; sobre la base de los siguientes fundamentos: a) En el presente caso se evidenció que los funcionarios  del citado Centro Penitenciario se negaron a recepcionar el mandamiento de detención domiciliaria a favor del accionante, lo que conllevó a una dilación indebida al cumplimiento del mismo; y, b) Si bien uno de los argumentos de los demandados se refirió a que debían realizar los verificativos correspondientes del mandamiento, el mismo no fue cumplido por la propia displicencia de dichos funcionarios, pues al no recepcionar el mandamiento no cumplieron con el trámite  del verificativo, lo que impidió que el cese de la detención preventiva del impetrante de tutela se haga efectiva el 21 de noviembre de 2019, fecha en la cual se procuró presentar el mandamiento, cuya recepción se negó, tal cual lo determina el art. 39 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS); en consecuencia obró indebidamente,  vulnerando el derecho a la libertad física del accionante.