SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0360/2020-S4
Fecha: 05-Ago-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que se vulneró su derecho al debido proceso, en sus vertientes, fundamentación, motivación, derecho a tutela judicial efectiva y acceso a la justicia, así como el principio de legalidad, vinculados a la libertad, habida cuenta que mediante Auto Interlocutorio emitido por el Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Santa Cruz, se rechazó su solicitud de cesación a la detención preventiva, situación que motivó su apelación incidental pendiente de resolución; cuya audiencia fue programada para el siguiente año, y se encuentra detenido preventivamente por riesgos procesales, establecidos en los arts. 234.10 y 235.2 del CPP, disposiciones legales que fueron modificadas por la Ley 1173, cuya aplicación se exige.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- o bien cuando se activa de manera paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico tanto en la vía constitucional como en la ordinaria
- que el accionante activó la justicia constitucional, cuando aún se encontraba pendiente de resolución de apelación incidental interpuesta por el accionante
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR