SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2020-S2
Fecha: 26-Ago-2020
i)
Nelson Pacheco Barrios, Director del Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”, remitió informe de 11 de diciembre de 2019, cursante a fs. 29 a 30, con los siguientes fundamentos; i) El privado de libertad, Jesús Einar Lima Lobo Dorado, el 27 de septiembre de igual año, ingresó al citado Centro con mandamiento de detención preventiva con fines de extradición, ordenado por el Juez de Instrucción Decimoprimero Penal de la Capital del departamento de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, a solicitud de la Embajada de la República Federativa de Brasil en Bolivia, por la supuesta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas; ii) El 29 del mes y año señalados, a horas 13:45, se recibió en la Secretaría de la Dirección del Centro de Rehabilitación, de personeros de Interpol-Santa Cruz, el mandamiento de excarcelación, emitido por el Juez Sexto de Instrucción Penal de la Capital, en el que mandaba y ordenaba a su persona, ponga en inmediata libertad y conduzca al privado de libertad, a dependencias de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) con sede en Santa Cruz, y sea con los fines de proceder a su entrega, a las autoridades policiales de la República Federativa de Brasil; iii) En el penúltimo parágrafo del referido mandamiento de excarcelación, la autoridad judicial ordena que su persona, como Director de Palmasola coordine en todo momento la entrega del citado ciudadano con las autoridades de INTERPOL BOLIVIA Y BRASIL; es así que, a la fecha el Director Departamental de INTERPOL Santa Cruz, se encuentra coordinando con su par del Brasil, sobre los medios de transporte y otros; razón por la cual, el ahora accionante continúa en el centro penitenciario privado de libertad, y una vez concluidos los trámite, se le notifique con la debida anticipación para su excarcelación; y, iv) Ayer 10 de los corrientes, a horas 17:00, Jesús Einar Lima Lobo, salió de emergencias al Hospital “San Juan de Dios”, por recomendación del Médico Penitenciario de Palmasola, con diagnóstico de hipertensión arterial, descompensado, diabetes mielitis y otros, retornando a horas 20:00. En cuanto requiera atención médica, se dará curso en forma inmediata. Adjunta, fotocopia del mandamiento de excarcelación, Auto 196 de 6 de diciembre de 2019, fotocopia de papeleta de salida de emergencias, informe de evaluación médica y mandamiento de detención preventiva con fines de extradición.