SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0366/2020-S4
Fecha: 12-Ago-2020
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su representante sin mandato, ratificó íntegramente el contenido de la acción de libertad presentada; ampliándola, indicó que el proceso que se lleva en su contra se encuentra en etapa de juicio oral público y contradictorio, radicado ante el Tribunal de Sentencia Primero del departamento de Santa Cruz, instancia a la que acudió para que se oficie a la Unidad de Víctimas Especiales (FEVAP) para que elabore la correspondiente Resolución sobre garantías a la víctima, que en respuesta dictó el decreto de 18 de abril de 2019, indicando que acuda directamente al Ministerio Público; por lo que mediante memorial de 11 de junio del año referido, se solicitó al Ministerio Público la emisión de la Resolución sobre medidas de protección; sin embargo, el Fiscal de materia demandado, no emitió pronunciamiento sea positivo o negativo sobre dicha petición.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR