Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0127/2020-RCA
Fecha: 25-Sep-2020
I.2.
Considera lesionados los derechos de su hija menor de edad AA a la educación y a la no discriminación, citando al efecto los arts. 77, 78 y 115 de la Constitución Política del Estado (CPE); 3, 13, 16.1, 3 y 4 del Protocolo Adicional de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; y, 16 de la Carta Democrática Interamericana.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- Fragmento 4
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- comprende a los niños, niñas,
- e)
- h)