AUTO CONSTITUCIONAL 0157/2020-CA
Fecha: 03-Sep-2020
I.1. Antecedentes
Mediante memorial presentado el 26 de agosto de 2020, cursante de fs. 26 a 40 vta., la Presidenta en ejercicio del Estado Plurinacional de Bolivia, señala que su consulta radica en el hecho de que el Movimiento al Socialismo Instrumento Político por la Soberanía de los Pueblos (MAS-IPSP), quien tiene dos tercios en la Asamblea Legislativa Plurinacional intenta inducirla a vulnerar la Norma Suprema en su calidad de Máxima Autoridad del Órgano Ejecutivo con un Proyecto de Ley que es inviable jurídicamente, porque transgrede las garantías jurisdiccionales y es altamente vulneratorio al derecho a la vida, a la salud y a la integridad física de las personas; además de no haber cumplido con el procedimiento legislativo constitucional como por ejemplo, la consulta previa al Órgano Ejecutivo para que las leyes nazcan a la vida jurídica de manera consensuada, transgrediendo de esa forma los Reglamentos de la Cámara de Diputados y Senadores; motivo por el cual considera que es el Tribunal Constitucional Plurinacional como máximo guardián de la Constitución Política del Estado la única instancia para equilibrar la independencia de poderes y no se vulnere la doctrina de pesos y contrapesos.