SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2020-S2

Fecha: 09-Sep-2020

III.3.  Otras consideraciones

Este Tribunal, dentro la atribución establecida en el art. 202.6 de la CPE, advierte algunas irregularidades en la tramitación de la presente acción tutelar; así, habiéndose presentado el 19 de septiembre de 2019, fue señalada la audiencia para su consideración el 7 de octubre de ese año a horas 15:30; es decir, excediendo el término de cuarenta y ocho horas que prevé la norma procesal constitucional; no obstante ello, esta fue diferida -supuestamente debido a que no fue diligenciada la comisión instruida para la notificación del demandado- para el 17 de indicado mes y año; vale decir, casi un mes después de su presentación, tiempo que excede lo razonable, inobservando el plazo del art. 56 del Código Procesal Constitucional (CPCo), prorrogando infundadamente la resolución de esta acción de defensa, cuando su característica intrínseca es la celeridad que obliga a resolver los procesos evitando dilaciones en su tramitación, justamente por los derechos urgentes que tutela; correspondiendo llamar la atención a los miembros de la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.