SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0431/2020-S1
Fecha: 02-Sep-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante denuncia la lesión de su derecho a la libertad personal, toda vez que la autoridad jurisdiccional demandada dispuso su detención preventiva, por la presunta comisión del delito de hurto agravado, sin considerar que las Leyes 1173 y 1226, modificaron el art. 232 del (CPP), que en su numeral 6 dispone la improcedencia de la detención preventiva en los delitos de contenido patrimonial con pena privativa de libertad cuyo máximo legal sea inferior o igual a seis años, decisión arbitraria que es contraria a la ley; por lo que solicitaron se les conceda la tutela, se disponga su libertad inmediata; y, se deje sin efecto el “acto” de fecha 19 de diciembre de 2019, la Resolución de medidas cautelares y el mandamiento de detención preventiva.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- De manera específica, señaló que el recurso de apelación previsto en el art. 251 del CPP, dada su configuración procesal, es un recurso idóneo e
- Fragmento 7
- 1.
- 2.
- 4.
- 5.
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- impongan
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA MAGISTRADA
- eficaces y oportunos