SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0491/2020-S1
Fecha: 14-Sep-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El peticionante de tutela alega la vulneración de sus derechos a la libertad personal y de locomoción; toda vez que, dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de legitimación de ganancias ilícitas, la Jueza de Instrucción Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz, en audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares de carácter personal, dispuso su libertad pura y simple; empero, no emitió de forma inmediata el correspondiente mandamiento de libertad, hasta el desarrollo de la audiencia de la presente acción tutelar, permaneciendo privado de su libertad indebidamente; por lo que, solicita se conceda la tutela impetrada y en consecuencia se ordene la emisión inmediata del mandamiento libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- reparador
- restringido
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, puesto que no hacerlo, podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- III.2.
- 1)
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- CONFIRMAR
- 2° Exhortar
- correctivo
- instructivo)
- vida está en peligro.
- corpus traslativo o de pronto despacho