SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0491/2020-S1
Fecha: 14-Sep-2020
III.3. Análisis del caso concreto
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad personal y de locomoción; toda vez que, dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de legitimación de ganancias ilícitas, en la audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares de carácter personal realizada el 5 de enero de 2020, la Jueza de Instrucción Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz, -autoridad ahora demandada-, determinó otorgar a su favor la libertad pura y simple; empero hasta el desarrollo de la audiencia de la presente acción tutelar continua privado de su libertad indebidamente; por lo que solicita se conceda la tutela impetrada y en consecuencia se ordene la emisión inmediata del mandamiento libertad.
De acuerdo a los antecedentes del presente caso se advierte que la Jueza demandada, no concurrió a la audiencia pública de la acción tutelar y tampoco presentó informe; que conforme, a lo señalado en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se presume la veracidad de los hechos denunciados, cuando los servidores públicos no presentan el informe exigido por la Norma Suprema y tampoco asisten a la audiencia de consideración de una acción de defensa presentada en su contra; aspecto que, constituiría presunción de veracidad de los actos lesivos denunciados.
Ahora bien, se evidencia que dentro del proceso penal seguido contra el peticionante de tutela, este fue detenido el 3 de enero de 2020, que en la audiencia de consideración de medidas cautelares de carácter personal realizada el 5 del mismo mes y año, la autoridad jurisdiccional demandada, determinó otorgar a su favor la libertad pura y simple; empero, hasta el desarrollo de la audiencia de la presente acción tutelar continúa privado de su libertad, sin que se haya expedido a su favor el mandamiento de libertad correspondiente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- reparador
- restringido
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, puesto que no hacerlo, podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- III.2.
- 1)
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- CONFIRMAR
- 2° Exhortar
- correctivo
- instructivo)
- vida está en peligro.
- corpus traslativo o de pronto despacho