SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0521/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0521/2020-S1

Fecha: 18-Sep-2020

denegó

La Sala Constitucional Tercera del departamento de Cochabamba, mediante Resolución de 23 de enero de 2020, cursante de fs. 18 a 19 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: 1) De la revisión de la acción de libertad y de la Resolución impugnada, se establece que no existe vulneración al debido proceso que tenga relación con el derecho a la libertad, pues el solicitante de tutela se encuentra privado de libertad; además que, en el Auto de Vista de 16 de enero de 2020, se ha realizado una fundamentación adecuada, dando respuesta a todos los puntos cuestionados en los fundamentos expuestos enmarcados dentro del art. 398 del CPP; 2) La vía constitucional no es una instancia revisora de resoluciones emitidas en la vía ordinaria, sino conforme a la SCP 0037/2012 de 26 de marzo, no se encuentra vulnerado ningún derecho o garantía en la emisión del referido Auto de Vista, a más de estar debidamente motivado y fundamentado; y, 3) La SCP 0158/2014-S1 de 5 de diciembre, ha establecido en su razón de decisión respecto al art. 239. 1 y 3 del CPP, se evidencia que el solicitante de tutela no cumplió con los presupuestos establecidos para la cesación de la detención preventiva, por ello no se refleja vulneración alguna de sus derechos a la libertad, debido proceso y de locomoción; ya que, el primer supuesto del artículo referido requiere que se desvirtúen los elementos que sirvieron de base para la aplicación de la detención preventiva.