SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2021-S3
Fecha: 06-Oct-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución de 2 de octubre de 2020, cursante de fs. 18 a 19 vta., pronunciada por la Jueza de Ejecución Penal Primera de la Capital del departamento de Pando; y, en consecuencia:
CORRESPONDE A LA SCP 0713/2021-S3 (viene de la pág. 9)
1° CONCEDER la tutela solicitada, debiendo el Director del Centro Penitenciario Villa Busch de Pando, garantizar el acceso a un equipo tecnológico -computadora de escritorio o portátil, tablet o teléfono celular- y a una conexión a internet adecuada, para el desarrollo ininterrumpido de las audiencias virtuales programadas para el impetrante de tutela u otros privados de libertad y sea conforme a los fundamentos expuestos en el presente fallo constitucional.
2° Disponer que por Secretaría General del Tribunal Constitucional Plurinacional, sea puesto a conocimiento de la Dirección Nacional de Régimen Penitenciario el precedente desarrollado en el presente fallo constitucional, a efecto que emitan directrices efectivas a los Directores de los Centros Penitenciarios de todo el país, con el fin de garantizar el acceso de equipo tecnológico suficiente y conexión a internet adecuada para el desarrollo de las audiencias virtuales programadas por las autoridades judiciales correspondientes.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO