SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0726/2021-S3
Fecha: 06-Oct-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 002/2020 de 10 de octubre, cursante de fs. 66 a 73, pronunciada por el Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Sica Sica del departamento de La Paz; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada, de acuerdo a lo expuesto en el presente fallo constitucional.
a) Disponer que las Juezas Técnicas del Tribunal de Sentencia Penal Primero, Juzgado de Partido de Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Sica Sica del departamento de La Paz, dejen sin efecto las órdenes de carácter personal emergentes de la declaratoria de rebeldía, siempre y cuando ésta ya hubiese sido dispuesta.
2° DENEGAR la tutela impetrada, respecto a los derechos a la vida, a la salud, a la libertad, a la dignidad, a una justicia transparente, a la presunción de inocencia, a la igualdad y a la defensa, así como a los principios de independencia, de imparcialidad, de legalidad, de verdad material y de objetividad, conforme a lo referido en la parte final de esta Resolución constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA