SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0767/2021-S4
Fecha: 01-Nov-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 123/2020 de 11 de noviembre, cursante de fs. 235 a 238, pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; en consecuencia:
1° DENEGAR la tutela solicitada sin ingresar al fondo, conforme a los argumentos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y,
2° Disponer, que de haberse procedido al pago de los salarios adeudados, en cumplimiento de la Resolución 123/2020 de 11 de noviembre, el presente fallo constitucional no debe afectar al accionante, en el marco del razonamiento expuesto en el Fundamento Jurídico III.3.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; toda vez que, en el caso de que el impetrante de tutela ya hubiese recibido el pago de los sueldos reclamados, estos deben mantenerse en su favor, en función a la relevancia e importancia que tiene el salario en la vida de las personas, hasta que en caso de evidenciarse en un proceso ordinario la inexistencia de la relación laboral o del trabajo señalado por el impetrante de tutela, la entidad demandada pueda solicitar la devolución de dichos pagos según normativa y trámites propios del referido proceso ordinario laboral; y, de establecerse lo contrario dicho pago se confirme o mantenga en favor del solicitante de tutela.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano MAGISTRADO | René Yván Espada Navía MAGISTRADO |