SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0822/2021-S3
Fecha: 03-Nov-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 078/2020 de 7 de diciembre, cursante de fs. 171 a 176, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada de manera provisional, respecto a los derechos al trabajo y a la estabilidad laboral, debiendo darse cumplimiento en su integridad a lo dispuesto en la Conminatoria MTEPS-JDT CO-065/20 de 5 de octubre de 2020, sin omitir ninguna de sus determinaciones.
2° DENEGAR la tutela en cuanto al pago de costas y costos procesales, por las razones expuestas en la parte final del presente fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA