SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0844/2021-S3
Fecha: 03-Nov-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 11/20 de 18 de noviembre de 2020, cursante de fs. 79 a 81 vta., pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Noveno de la Capital del departamento de Santa Cruz; y, en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela solicitada, ante la lesión al derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia del accionante, disponiendo:
a) Dejar sin efecto el Auto de Vista 79 de 12 de octubre de 2020 ordenando que los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emitan uno nuevo conforme a los fundamentos de este fallo constitucional, siempre y cuando la situación jurídica del accionante no hubiera sido modificada.
2° DENEGAR la tutela solicitada con relación al principio dispositivo.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA