SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0851/2021-S3
Fecha: 03-Nov-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.1 del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la 143/2020 de 14 de diciembre, cursante de fs. 149 a 153, pronunciada por Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela impetrada, únicamente con relación al derecho de petición de los impetrantes de tutela Adela Ramos Mamani, Ruddy Barrios Márquez, Verónica Fidelia Chávez Mendieta, Freddy Teodoro Zarco Conde, Gina Claudia Cordero Mendoza, Norma Mercedes Colque Torres, Adriana Mamani Choque, Mónica María Pacheco Salinas, Rosmery Ajno Mamani y Abdón Ever Vásquez Aliaga.
2° DENEGAR la tutela solicitada, respecto a los peticionantes de tutela Jonás Alegre Vallejos y Lucio Leopoldo Acarapi Humerez; y, con relación al derecho de estabilidad laboral de todos los accionantes, conforme los argumentos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO