SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2021-S3
Fecha: 08-Nov-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 07/2021 de 26 de enero, cursante de fs. 93 a 98 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada de manera provisional, respecto a los derechos al trabajo y a la estabilidad laboral, debiendo darse cumplimiento en su integridad sin omitir ninguna de sus determinaciones, a lo dispuesto en la Conminatoria de reincorporación JDTEPS.CH/C.R. 042/2020 de 7 de septiembre.
2° DENEGAR la tutela en cuanto al pago de costas, daños y perjuicios, por las razones señaladas en la parte final del presente fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA