SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2021-S3

Fecha: 18-Nov-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Cursa Resolución 787/2019 de 13 de diciembre, en la que el Juez de Instrucción Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer Primero de El Alto del departamento de La Paz dispuso la detención preventiva de Genry Poma Corani -ahora coaccionante- en el Centro Penitenciario Qalauma del indicado departamento atendiendo la edad del mismo (fs. 3 a 5).

II.2. Consta Resolución 009/2020 de 11 de enero, emitida por el Juez de Instrucción Penal Tercero de El Alto del Departamento de La Paz se determinó la detención preventiva de Dionicio Callisaya Tola -ahora accionante- en el Centro Penitenciario de San Pedro del señalado departamento (fs. 6 a 8).

II.3. Mediante Resolución 364/2020 de 29 de agosto, emitida por el Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, por la cual dispuso ampliar el plazo de detención preventiva para los accionantes a treinta días y con relación a la solicitud de cesación a su detención preventiva efectuada por los nombrados, la misma fue rechazada; por lo que, los accionantes de forma oral interpusieron recurso de apelación incidental al amparo del art. 251 del CPP señalando los agravios, impugnación que se dispuso sea remitida ante el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs. 10 a 13 vta.).

II.4. Por formulario de citaciones y notificaciones de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz donde se consigna que los accionantes fueron notificados el 27 de octubre de 2020 con al decreto de igual fecha a través de su abogado Michael Adolfo Riveros Revollo al número de celular de este último (fs. 61). Asimismo cursan oficios Cite: OF.No. 1341/2020 y Cite: OF.No. 1342/2020 ambos de igual fecha dirigidos a los Directores de los Centros Penitenciarios San Pedro y Qalauma, ambos del señalado departamento; haciéndoles conocer que los accionantes tenían programada una audiencia virtual para el 28 de octubre de 2020 (fs. 62 y 63).

II.5. Cursa acta de audiencia de fundamentación de apelación incidental de medida cautelar de 28 de octubre de 2020 (fs. 64).

II.6. Consta Auto de Vista 495/2020 de 28 de octubre, en el que Henry David Sánchez Camacho, Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -ahora accionado- determinó admitir el recurso de apelación incidental interpuesta por los accionantes; sin embargo, al no fundamentarse agravio alguno confirmó la Resolución 76/2020 (fs. 65 a 66 vta.).