AUTO CONSTITUCIONAL 0049/2021-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0049/2021-CA

Fecha: 02-Mar-2021

rechazó

Por Resolución de 20 de enero de 2021, cursante de fs. 12 a 13 vta., el Juez de Instrucción Penal Tercero del departamento de Pando rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta, fundamentando que: a) La decisión del caso no depende de la constitucionalidad de la norma ahora impugnada, pues no existe la lesividad de la norma ya que el artículo cuestionado regula todo acto o conjunto de actos de presión, persecución, hostigamiento o amenazas cometidos por una o varias personas, en contra de mujeres candidatas, electas, designadas o en el ejercicio de la función pública, con el propósito de acortar, suspender, impedir o restringir sus funciones; b) La norma impugnada nace con base en el art. 15 de la CPE, siendo un delito de acción pública a instancia de parte, que la persona afectada debe denunciar estos hechos ante el Ministerio Público a fin de que dicha institución realice la investigación del caso; y, c) Los argumentos expuestos por el accionante carecen de sustento así como de base fáctica y legal para que pueda ser considerado.