Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0061/2021-CA
Fecha: 09-Mar-2021
procederá en el marco de un proceso
El art. 73.2 del CPCo, establece que la acción de inconstitucionalidad concreta: “…procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales” (las negrillas son agregadas).
Por su parte, el art. 79 del citado Código, a tiempo de referirse a la legitimación activa en la acción normativa, ha señalado que esta procede cuando la autoridad judicial o administrativa entiende que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad de la norma contra la que se promueve la acción de control normativo.
- Jueza Disciplinaria Segunda de la Oficina Departamental de Tarija del Consejo de la Magistratura
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazar
- procederá en el marco de un proceso
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código
- Fragmento 9
- por omisión normativa
- II.5. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR