Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2021
Fecha: 11-Mar-2021
II.1.
II.1. Cursa notificación 001/12 de 27 de agosto de 2012, por la que se citó a los señores Antonio Ticona Cajas, Mario Zabala Gonzales y David Kasa Quispe, a presentarse en la Asamblea General de la Comunidad Originaria “Cucuta” el 2 de septiembre del mismo año, a objeto de responder ante las autoridades comunales “…SOBRE EL MANEJO DE TIERRAS DENTRO DEL PROCESO QUE SE SIGUE DESDE EL AÑO 2000 HASTA LA FECHA” (sic); advirtiendo que su ausencia no impediría la continuidad del acto indicado (fs. 24).
- consulta de autoridades indígena originario campesinas sobre la aplicación de sus normas jurídicas a un caso concreto
- I.1. Contenido de la consulta
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la consulta de autoridades indígenas sobre la aplicación de sus normas jurídicas a casos concretos: alcance y finalidad (Jurisprudencia reiterada)
- La Sala Especializada deberá previamente referirse a la aplicabilidad o no de la norma sobre la admisibilidad de la consulta, pues a la jurisdicción constitucionalizada especializada le corresponde verificar la viabilidad de pronunciarse respecto a la aplicabilidad de la norma en un caso concreto
- III.2. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE