Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0098/2021-CA
Fecha: 01-Abr-2021
Comisión de Fiscales Policiales La Paz de la Policía Boliviana
En consulta la Resolución 001/2021 de 3 de marzo, cursante de fs. 331 a 336, pronunciada por la Comisión de Fiscales Policiales La Paz de la Policía Boliviana, por la que rechazaron la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Víctor Hugo Soria Morón, demandando la inconstitucionalidad del art. 11.b) del Reglamento de la Fiscalía Policial Boliviana, por ser presuntamente contrario a los arts. 115, 120.I, 178 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); 1.1, 2, 8.1 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- Comisión de Fiscales Policiales La Paz de la Policía Boliviana
- en su caso aportar los elementos que sustenten la misma
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3.
- adecuada y razonada fundamentación jurídico constitucional,
- La expresión de los fundamentos jurídico constitucionales es esencial,
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- II.4
- RATIFICAR