SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2021-S2

Fecha: 08-Abr-2021

concedió

El Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de Santa Cruz, por Resolución 18/20 de 3 de julio de 2020, cursante de fs. 19 a 20, concedió la tutela impetrada, disponiendo que la autoridad demandada señale audiencia en el término de cuarenta y ocho horas conforme a lo previsto en el   art. 239 de la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de Lucha Integral contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres -Ley 1173 de 3 de mayo de 2019-, con base en los siguientes fundamentos: a) Se advirtió la vulneración al derecho a la libertad, en su tipología de traslativa o pronto despacho; b) El Tribunal Departamental de Justicia de ese departamento, dispuso que las audiencias de consideración de cesación de la detención preventiva pueden llevarse a cabo de manera virtual, desde el lugar donde se encuentren las partes “sin tener contacto” y así evitar el contagio del COVID-19, lo contrario significaría vulnerar el debido proceso y el principio de celeridad; y, c) Al tratarse de un acto procesal de cesación de la medida extrema, la misma debe ser providenciada en el término de veinticuatro horas y señalar audiencia de acuerdo al art. 239 de la Ley 1173.