SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2021-S4
Fecha: 16-Abr-2021
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 20 de agosto de 2018, su persona en representación legal de la empresa HANY FLEX S.R.L., firmó un contrato de arrendamiento de un ambiente en el primer piso del edificio, ubicado en la Av. Saavedra con numeración 1594, esquina Posnansky, zona Miraflores con Sara Villalta Acha de Ricaldi –hoy demandada–, contrato que fue suscrito sin limitación alguna y por un canon de alquiler por la suma de $us650.- (seiscientos cincuenta dólares estadounidenses), por los primeros tres meses; siendo que, desde diciembre del citado año, incrementaría el monto de $us23.- (veintitrés dólares estadounidenses); asimismo, en calidad de garantía entregó la suma de dinero de $us1 346.- (mil trescientos cuarenta y seis dólares estadounidenses).
Según el contexto del contrato, su persona cumplió a cabalidad con el mismo; sin embargo, la arrendataria inobservando la Cláusula Quinta respecto al aviso de desalojo o modificación, mediante carta de 5 de febrero de 2019, vio por conveniente rescindir el acuerdo por un supuesto incumplimiento y solicitar su desalojo; procediendo el 4 de marzo del indicado año, al corte de energía eléctrica del ambiente alquilado, lugar donde se encuentra su empresa; ocasionándole de esta manera, un perjuicio económico a su sociedad, la cual se encarga de realizar gigantografías con maquinarias que requieren de energía eléctrica para su funcionamiento, pues debido a dicho corte, no pudieron cumplir con los pedidos de sus clientes; hecho que generó daño indirectamente a los trabajadores; por cuanto, el ingreso económico que percibía la empresa, servía para cancelar sus salarios.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados, porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos;
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR