SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2021-S4
Fecha: 16-Abr-2021
I.2.1. Ratificación de la acción
Los abogados de la impetrante de tutela, ratificaron íntegramente la acción de defensa planteada y en uso de su derecho a la réplica, aclaró a petición de la Jueza de garantías, que el 5 de junio de 2020, interpuso una acción de libertad, siendo rechazada por falta de prueba, en lo principal que existía una apelación pendiente de resolución por el Tribunal de apelación, la cual fue devuelta al Juez de la causa para que resuelva los incidentes pendientes, todo ocurrió un día antes de la audiencia de medida cautelar por tal motivo el Juez prefirió solucionar en dicha audiencia, ante el incumplimiento de la misma; el 17 de igual mes y año, planteó una segunda acción de libertad de pronto despacho para que se resuelvan los incidentes.
- acción de libertad
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de activación de la acción de libertad procurando el cumplimiento de otra acción tutelar
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR