SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2021-S4

Fecha: 27-Abr-2021

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión de los delitos de incumplimiento de deberes y atentado contra la salud pública, el 8 de abril de 2020, por Resolución 115/2020, la Jueza de Instrucción Penal Tercera del departamento de La Paz dispuso su detención preventiva en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, por el lapso de tres meses, fallo que al ser apelado fue confirmado por la Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -autoridad ahora demandada-, mediante Auto de Vista 109/2020 de 15 de abril, el cual lesiona sus derechos.

Razón por la cual planteó una acción de libertad, la misma que radicó en la Sala Constitucional Segunda del indicado departamento, siendo resuelta por Resolución 98/2020 de 22 de mayo, por la cual concedió la tutela impetrada, disponiendo se deje sin efecto el mencionado Auto de Vista, otorgando a la autoridad hoy demandada el plazo de tres días para la emisión de un nuevo fallo, observando los criterios expuestos. En atención a ello la Vocal demandada pronunció el Auto de Vista 160/2020 de 10 de junio, por el cual enervó los riesgos procesales de fuga “…en sus numerales 6 y 7…” (sic) y mantuvo el riesgo procesal establecido en el art. 235.2 del Código de Procedimiento Penal (CPP) modificado por la Ley 1173, dejando vigente la detención preventiva con un solo riesgo procesal, pese a que es de conocimiento público que el país está siendo azotado por la pandemia del coronavirus disease 2019 (COVID–19), y puede contraer el virus debido al hacinamiento que existe en el referido Centro Penitenciario y las pocas medidas de bioseguridad que se tiene en el penal.