SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2021-S2

Fecha: 19-Abr-2021

concedió

El Tribunal de Sentencia Penal Tercero de la Capital del departamento de Cochabamba, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 05/2020 de 30 de abril, cursante de fs. 19 a 24 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que el demandado de manera inmediata, por la sección que corresponda restablezca la libertad de locomoción del accionante; con base en los siguientes fundamentos: a) Conforme la jurisprudencia constitucional referida a la SC 0667/2010-R de 19 de julio y SCP 0154/2018-S1 de 25 de abril, el Estado Plurinacional de Bolivia reconoce los derechos a la libertad personal y de locomoción, respecto a este último, no podrá ser restringido por ningún centro de médico sea público o privado, por falta de pago a la prestación del servicio, hecho que constituirá la vulneración del mismo, siendo responsabilidad del director o administrador, quien tiene el deber de controlar y verificar que no se produzcan situaciones irregulares o actos restrictivos de los derechos del paciente y que el cobro por la atención proporcionada y otros, debe realizarse a través de las vías legales correspondientes, de ninguna manera emplearse la privación de libertad como medio coercitivo para el cumplimiento de una obligación pecuniaria;  b) En similar situación, cuando un paciente es retenido en un centro hospitalario, a pesar de habérsele dado de alta se transgrede su derecho a la libertad individual o de locomoción; lo que, en el presente caso ocurrió, considerando que no existe una disposición que ordene o faculte detener a una persona por no cubrir los gastos de curación, más al contrario está prohibido ese aspecto por obligaciones patrimoniales; y, c) Se evidenció que el demandado en su calidad de Gerente General del Hospital San Vicente de Paúl S.R.L., privó la libertad de locomoción del peticionante de tutela, por el impago de los servicios médicos prestados; empero, en la audiencia de garantías se comprometió a suscribir un convenio al término de esta cuarentena generada por la pandemia del COVID-19.