Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0175/2021-CA
Fecha: 19-May-2021
DEVOLVER
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 10.I.3 del Código Procesal Constitucional; resuelve: DEVOLVER el expediente al Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Segundo de Colcapirhua del departamento de Cochabamba.
- CONSIDERANDO:
- E
- Cuando dos autoridades de distintas jurisdicciones se declaran incompetentes para conocer un determinado asunto, bastará que lo hagan mediante una resolución debidamente fundamentada, en el que expresen de manera clara las razones por las que se consideran incompetentes. Cumplida dicha formalidad, este Tribunal Constitucional Plurinacional, entenderá que fue suscitado el conflicto de competencias, a cuyo efecto, le corresponde a la autoridad jurisdiccional que fue último en declararse incompetente, remitir los antecedentes del proceso a esta jurisdicción
- DEVOLVER