AUTO CONSTITUCIONAL 0175/2021-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0175/2021-CA

Fecha: 19-May-2021

E

Sobre la configuración de este tipo de conflicto, la SCP 1536/2012 de 24 de septiembre estableció que: ꞌ(…) es menester precisar que desde un punto de vista procesal, el inicio del conflicto de competencias negativo, está dado por el momento en el cual, la autoridad jurisdiccional a la cual, por declinatoria de competencia se le reenvía el conocimiento de una causa, no se allane al conocimiento de la mismaꞌ. Dicho de otro modo, que no se ingrese a conocer y resolver la pretensión de la parte que así lo requiere; produciéndose una especie de vacío jurisdiccional, ya que ninguna autoridad con esa presunta potestad se declara competente, generándose así, el conflicto de competencias jurisdiccionales en su modalidad negativa.