SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2021-S2
Fecha: 13-May-2021
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los representantes del accionante denuncian la vulneración de los derechos de su representado a la libertad, a la defensa y al debido proceso, así como del principio de seguridad jurídica; alegando que dentro de la causa penal instaurada por el Ministerio Público contra su defendido por la supuesta comisión del delito de tentativa de asesinato y otros, pidieron en varias oportunidades entrevistarse con el mencionado en el Recinto Penitenciario San Pedro de Chonchocoro de La Paz, en el que cumple detención preventiva, lo que fue imposible al haberlo trasladado sin previo aviso ni informarles al respecto; sucediendo lo mismo ante el apersonamiento reiterado de su familia a dicho Recinto Penitenciario. En ese orden, señalan que su defendido se encuentra “desaparecido”, siendo trasladado sin previo aviso no constando tampoco boletas de descargo u orden de autoridad competente, desconociendo su paradero. Por su parte, en audiencia refirieron que el 19 de marzo de 2020, Mariano Luiz Tardelli fue expulsado de territorio boliviano, sin cumplirse a ese fin lo regulado en el art. 37 de la Ley 370 de 8 de mayo de 2013 -Ley de Migración-, no existiendo trámite administrativo anterior, siendo enviado a Brasil sin ninguna orden de extradición ni requerimiento del Gobierno indicado; aspecto que trataron de evitar con el planteamiento de esta acción de defensa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- ser habido en el penal, está desaparecido, fue trasladado sin aviso alguno y no hay boletas de descargo u orden de la autoridad competente
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2.
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Necesidad ineludible de acudir ante el juez o tribunal que ejerza el control jurisdiccional ante una acción u omisión que restrinja el derecho a la libertad dentro de un proceso penal
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR