SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2021-S2

Fecha: 13-May-2021

ser habido en el penal, está desaparecido, fue trasladado sin aviso alguno y no hay boletas de descargo u orden de la autoridad competente

Lo expuesto supra, resulta ilegal considerando que la medida restrictiva de libertad que fue impuesta a su representado, debe ser cumplida en el Recinto Penitenciario precitado; por lo que, al no poder “…ser habido en el penal, está desaparecido, fue trasladado sin aviso alguno y no hay boletas de descargo u orden de la autoridad competente…” (sic), conllevando aquello privación indebida de su libertad, debiendo considerarse que “…este actuar, procedimiento o no sabe [n] como llamarlo…” (sic) es contrario a la ley, atentando el derecho a la libertad física y de locomoción, a la vida y a la integridad física de su defendido, reiteran, sin brindar información o descargo en relación a su paradero.

Agrega que, el 10 de enero de 2019, se otorgaron medidas sustitutivas a la detención preventiva a favor de “Fran Danny Flores Tejada”, presentándose el 16 de igual mes y año, dos garantes personales a efecto de cumplir las medidas dispuestas; sin embargo, hasta esa fecha, el Juez de Instrucción Penal Decimoprimero de la Capital del departamento de Santa Cruz, no emitió el mandamiento de libertad respectivo causando una detención morosa e ilegal; dictando proveído el 21 del mes y año mencionado, estableciendo que los garantes no demostraban solvencia económica sin considerar que el alodial adjuntado acreditaba ese extremo, desconociéndose en ese sentido lo previsto en el art. 243 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y la jurisprudencia constitucional sobre la fianza personal. Al respecto, indicaron ser viable la acción de libertad de pronto despacho.