SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0244/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0244/2021-S3

Fecha: 26-May-2021

denegó

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, mediante Resolución 028/2020 de 24 de julio, cursante de fs. 197 a 202, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) En cuanto a la falta de traslado a la otra parte procesal con la excepción de pago documentado, si bien resulta evidente que ese hecho fue validado por los Vocales ahora accionados, para existir vulneración o agravio al derecho al debido proceso debe existir un daño causado; en el caso concreto, se evidencia que el Juez hoy coaccionado -en la misma audiencia- corrió en traslado la excepción de pago documentado, dándose por notificada la otra parte -hoy tercero interesado- con dicha excepción, y respondió indicando que desconoce su firma en los recibos presentados; por tal motivo, la situación denunciada no vulnera derecho alguno de los accionantes; y, b) Con relación a la falta de valoración de los recibos que sustentan la excepción de pago documentado, se tiene que en los procesos de ejecución coactiva, al igual que los procesos ejecutivos, no se discuten derechos dudosos o contradictorios, encontrándose subordinados esos procesos a lo que disponga el documento base de la ejecución; por consiguiente, al existir derechos controvertidos, la vía ordinaria se constituye en la correcta para que las partes puedan demostrar y probar los hechos controvertidos alegados; por tal razón, la presente problemática recae en inobservancia del principio de subsidiariedad.