AUTO CONSTITUCIONAL 0193/2021-CA
Fecha: 10-Jun-2021
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 2 de marzo de 2021, cursante de fs. 24 a 25, el accionante manifestó que, dentro del proceso ejecutivo seguido en su contra por Juan Carlos Yugar Massy, plantea esta acción normativa alegando que, el artículo ahora cuestionado deja al demandado y a los terceros interesados en completo estado de indefensión, vulnerando su derecho a la defensa, ya que no permite plantear ningún recurso, observación o excepción antes de la emisión de la sentencia, siendo que en toda controversia judicial las partes tienen el derecho a ser escuchadas y a observar los documentos que son presentados y que pueden ser la base de la demanda.
Los arts. 115, 116, 117 y 119 de la Norma Suprema establecen que, el derecho a la defensa es inviolable, “lo que viene a demostrar que los Legisladores que sancionaron la institución jurídica de los juicios Coactivos tuvieron mucho apresuramiento y ligereza, no otra cosa que se puede interpretar de semejante contradicción Constitucional…” (sic).
- Jueza Pública Civil y Comercial Vigesimonovena del departamento de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Fragmento 3
- procederá en el marco de un proceso
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código
- Fragmento 8
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR