Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0227/2021-S2
Fecha: 08-Jun-2021
a)
Los accionantes a través de su abogado, ratificaron los términos expuestos en el memorial de acción tutelar presentado y ampliándolo señalaron que: a) La SCP 1555/2013 de 13 de septiembre, estableció los principios rectores para la acción de libertad en su modalidad traslativa o de pronto despacho; la cual, busca acelerar los trámites judiciales cuando existan dilaciones indebidas, priorizando la situación jurídica de las personas detenidas; y, b) El Ministerio Público se rige por los principios de unidad y jerarquía; es por ello, que la Fiscal de Materia ahora demandada, podía recepcionar su memorial y darle respuesta, emitiendo los correspondientes requerimientos fiscales.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Falta de legitimación pasiva en acción de libertad
- es ineludible que el recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, o contra la autoridad que impartió o ejecutó la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, su inobservancia neutraliza la acción tutelar e impide a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de los hechos denunciados, ello debido a la falta de legitimación pasiva,
- FISCAL: Tarqui en suplencia del fiscal Limbert Osco
- REVOCAR en parte