SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2021-S2
Fecha: 22-Jun-2021
III.2. Análisis del caso concreto
El accionante alega la vulneración de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a la remuneración, a una fuente laboral y al empleo digno; señalando que fue desvinculado de manera injustificada de su fuente laboral por haberse negado a firmar una serie de documentos mediante los que su empleadora pretendía que renuncie a sus derechos laborales, bajo el argumento que la Empresa tenía problemas impositivos con el SIN, por lo cual migraría de unipersonal a S.R.L.; ante ese hecho acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, que emitió en su favor la Conminatoria de Reincorporación JDTSC/FRC/CONM 052/2020, misma que pese a haber sido puesta en conocimiento de la empleadora fue incumplida, tal como se acredita por el Informe JDTSC/I/VER.REINC./LAB 035/2020.
De la revisión de la prueba contenida en la Conclusión II.5 de este fallo constitucional, se colige que el hoy accionante ingresó a trabajar a la Empresa Unipersonal “Restaurante Pollos Kiky” el 23 de julio de 2015, mediante contrato escrito indefinido. Bajo ese antecedente, la codemandada Rosemarie Paz de Jiménez indicó que debido a la cuarentena por la pandemia del COVID-19 dispuesta por el Gobierno Nacional, desvinculó al aludido, aspecto que a su criterio constituye un hecho de fuerza mayor, extremo reflejado en el Memorándum de 22 de mayo de 2020 de desvinculación (Conclusión II.1).