SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2021-S4
Fecha: 13-Jul-2021
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante mediante su abogado, ratificó el contenido de la acción de libertad y ampliándola señaló que, pese a que cuenta con un mandamiento de libertad, se encuentra imposibilitado de recuperarla, debido a la existencia de un mandamiento de detención preventiva que figura en el sistema del Centro Penitenciario Santa Cruz Palmasola; por lo que, se apersonaron ante el Juzgado que emitió dicho mandamiento, donde les indicaron que la causa penal no figuraba en su sistema, tampoco de manera “pública”, aspecto que lo sitúa en estado de indefensión al no poder ejercer sus derechos, porque el expediente no existe ni aparece en los datos del “poder judicial”, razón por la que acudieron a la vía constitucional en resguardo de los mismos.
Ante la pregunta efectuada por la Jueza de garantías respecto a que si verificó quienes firmaron el mandamiento de detención preventiva de 20 de febrero de 2015, porque no constaba en la copia presentada; refirió que fue exhibido ante su persona dicho mandamiento además de habérsele facilitado una copia –que fue presentada–, “pero nosotros pudimos observar que la que firmaba era la Juez Iris Justiniano y el secretario Dr. Ciro Vaca Chávez” (sic); al respecto, también aclaró que el mandamiento de detención preventiva tampoco consigna número IANUS, Número de Registro Judicial (NUREJ) o número de la causa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de libertad
- naturaleza de la acción de libertad
- ,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMA