DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2021
Fecha: 17-Ago-2021
II. CONCLUSIONES
Del análisis de los antecedentes que cursan en el expediente se tiene que:
II.1. El Tribunal Constitucional Plurinacional pronunciándose respecto al control previo de constitucionalidad del proyecto de COM de San Ramón del departamento de Santa Cruz, a través de la DCP 0151/2015, declaró la INCOMPATIBILIDAD de los siguientes artículos: 1 en la frase: “…y demás disposiciones nacionales, departamentales y municipales vigentes”; 2.I en la frase: “…en el marco de la jerarquía constitucional de las normas”; 3 en el término “Autónomo”; 4 en la palabra “Autónomo”; 7.I en la expresión “Autónomo” y II; 8 en las palabras “oficiales” y “Autónomo”; 9 (SIMBOLOS DEL MUNICIPIO) en el término “reconoce”; 9 (DERECHOS DE LAS PERSONAS) en la frase: “Siendo estos derechos los siguientes”; 10 en la locución “Autónomo” en el párrafo introductorio; numerales 1 en la locución “Ordenanzas”; 2 en la frase: “…y defender” y 5; 15.I en la expresión “Autónomo”; 17.I en el término “Autónomo” y II. En la expresión “Colinda”; 18.I y III; 19 en la palabra “Autónomo”, presente en los parágrafos I y II; 21.III en la frase: “…administrativa , técnica…”; 22.IV; 25.III en la locución: “…cuando su titular lo autorice expresamente…”; 26.I.3 en la palabra “ordenanzas”, 7 en la frase: “…aprobar o rechazar…”, 10, 12, 15 en la frase: “…y en su caso, disponer su procesamiento interno por responsabilidad administrativa; sancionarlo en caso de existir responsabilidad ejecutiva y remitir obrados a la justicia ordinaria en los casos de responsabilidad civil o penal, constituyéndose en esta última situación en parte querellante”, 17 en la expresión: “…a través de…”, 18 en la palabra “étnicas”, 20, 22 y 26, II.1 en la frase: “normas y procedimientos propios comunales…” y 6, y III.2, 7 y 8, todos en la locución “ordenanzas”; 28.I.2 en la palabra “ordenanzas”, II.1 en la frase: “…normas y procedimientos propios comunales…” y 7; 29.I en la locución: “…ordenanzas, resoluciones y reglamentos...” y III; 31 en el término “Autónomo”; 33 en la expresión “Autónomo”; 34 en la palabra “Autónomo”; 35.2, 3, 4, 14 en la frase: “…de conformidad con los plazos y modalidades establecidos en el Reglamento Interno del Concejo Municipal”, 20 en la expresión “Ordenanzas”, 23, 24 en la palabra “Autónomo”, 25 en la frase: “… debidamente suscritos y aprobados por el Concejo Municipal…”, 26 en el término “Autónomo” y 33; 37; 38.1, 4, 5 en las palabras “acreditadas” y “Autónomo” y 7 en la frase “…personas con habilidades diferentes…”; 42.I y II en las frases: “…siempre y cuando éstas no pueden ser ser prestadas mediante administración privada…” e “…y sujetas al régimen del Código de Comercio…”; 46 en el término “reconoce”; 48 en el párrafo introductorio, la expresión “pollitas”; 52.II en la locución “…en concurrencia con los niveles nacionales y departamentales…”; 54.I y, II en el párrafo introductorio, así como los numerales 1 y 4; 55; 58; 60.1; 61.5 en la frase “…del Municipio”, 6 y 8; 63.I.3 y III; 65; 66; 67; 69 en la frase: “…y están reglamentados….”; 70.I.1 y 2; 75; 77; 78 en la frase: “…estableciendo el cumplimiento de la normativa vigente en el marco establecido en la Carta Orgánica y disposiciones emanadas por el órgano fiscalizador”; 82; 84.III en el término “Autónomo”; 87.III; 88.III en la frase “…y propuestas de mejora…”; 91 en el término “Autónomo” inserto en los parágrafos I y II; 93.III en la expresión “Autónomo”; 97.IV y V; 98; 99.I; 100; 101 en la locución “ALCANCE DEL…” presente en el epígrafe; 102.2 en la frase “El gobierno Autónomo Municipal mediante e ley municipal, regulara los requisitos, condiciones, alcance y procedimiento para el ejercicio ciudadano”; Disposición Transitoria Primera, Segunda y Tercera; y, Disposición Final Primera.
II.2. En reuniones de 19, 21, 26 y 28 de noviembre de 2018, los miembros del Concejo Municipal de San Ramón, realizaron y aprobaron por unanimidad los ajustes al proyecto de COM de dicho municipio (fs. 295 a 299).
II.3. Por Ley Municipal 77/2019 de 18 de junio, “Ley de Aprobación del Texto de Adecuación del Proyecto de la Carta Orgánica Municipal de San Ramón”, se aprobó por unanimidad las modificaciones al referido proyecto de COM; adjuntándose el anexo a la misma, con el detalle de las correcciones efectuadas (fs. 263 a 266 y 300 a 331).
II.4. Cursa credencial extendida por el Tribunal Electoral Departamental de Santa Cruz, de 4 de mayo de 2015, a favor de Germán Sánchez Padilla como Concejal Titular del GAM de San Ramón (fs. 281); mismo que, mediante Resolución Municipal 01/2019 de 15 de enero, fue elegido como Presidente del Concejo Municipal del referido municipio (fs. 274 a 275).
II.5. Cursa proyecto reformulado de la COM de San Ramón, en formato digital y físico (fs. 332 a 371).