SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0405/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0405/2021-S2

Fecha: 05-Ago-2021

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Consta minuta de transferencia de lote de terreno situado en la urbanización Villa Aroma, manzano “E”, lote 1, calle 6 de agosto, del municipio de Achocalla, provincia Pedro Domingo Murillo del departamento de La Paz, suscrito el 5 de marzo de 1996, entre Roberto Pacari Gonzales y Paulino Flores Quispe -ahora accionante- (fs. 34 y vta.).

II.2. Se tiene certificado de residencia de 2 de enero de 2009, suscrito por “Moisés Mamani”, Presidente de la Junta de Vecinos de la urbanización Aroma, del Norte Achocalla del citado departamento, a favor de peticionante de tutela (fs. 7).

II.3. Cursa acta de conformidad de 6 de diciembre de 2018, firmada por Oscar Mamani Mayta y Abdón Alanoca Mamani, Presidente y Vicepresidente de la Junta de Vecinos del distrito 7 del Norte Achocalla, zona Aroma de la provincia Pedro Domingo Murillo del aludido departamento (fs. 121).

II.4. Consta placas fotográficas de los machones de cemento y un portón metálico plomo adjuntas por el accionante (fs. 38 a 41).