SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0421/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0421/2021-S2

Fecha: 16-Ago-2021

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 57/2020 de 30 de septiembre, cursante de fs. 345 a 352, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; y en consecuencia:

1° CONCEDER en parte la tutela solicitada, respecto al derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones; en los mismos términos dispuestos por la citada Sala y conforme a los fundamentos jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y,

2° DENEGAR, con relación a las denuncias relativas a la ausencia de conducta típica, a la comisión de falta leve, a la doble sanción, al art. 6 de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, al Libro de Novedades del Grupo de Apoyo Civil a la Policía, a la falta de declaración de otros testigos presenciales; y, a la lesión del derecho a la defensa y del principio de legalidad, con la aclaración que no se ingresó al fondo de la problemática planteada sobre los mismos.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

MSc. Brigida Celia Vargas Barañado

MAGISTRADA

MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano

MAGISTRADO