SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2021-S3
Fecha: 10-Ago-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 090/2020 de 19 de octubre, cursante de fs. 351 a 354, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y, en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela solicitada, con relación al derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia.
a) Dejar sin efecto la Resolución 120/2019 de 29 de agosto, emitido por el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana; y,
b) Disponer que se emita nueva Resolución conforme a los Fundamentos Jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
2º DENEGAR la tutela impetrada, respecto al Memorándum E.U.S. 19/4340 de 20 de noviembre de 2019.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO