SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0435/2021-S2
Fecha: 17-Ago-2021
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 50/2020 de 20 de agosto, cursante de fs. 224 a 226 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia; CONCEDER la tutela impetrada, únicamente respecto al derecho al debido proceso en sus componentes de fundamentación y motivación, dejando sin efecto la Resolución Administrativa DGE/CAN/J- 149/2019 de 17 de septiembre, y ordenando a la autoridad demandada, emita una nueva resolución de acuerdo a los fundamentos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano
MAGISTRADO